Sandra Torres ha emprendido varias acciones legales que deberían ponernos los pelos de punta. Primero, arremetió contra los fiscales de la FECI Juan Francisco Sandoval y Andrei González y presentó una denuncia por violencia psicológica en el marco del decreto 22-2008, Ley contra el femicidio y otras formas de violencia contra la mujer. La jueza Susan Salazar otorgó medidas de seguridad a favor de la candidata presidencial de la UNE, aunque ya hay audiencia para solicitar que se revoquen.

La acción de Torres es maliciosa y tiene como único propósito intimidar a los fiscales que investigan su posible participación en los delitos de asociación ilícita y financiamiento electoral no registrado. Desnaturaliza y tergiversa la ley, pues la Ley contra el femicidio define la violencia contra la mujer como «toda acción u omisión basada en la pertenencia al sexo femenino (…)».

¿En qué punto los fiscales Sandoval y González actuaron con menosprecio contra Torres por ser mujer? Es insostenible afirmar tal cosa cuando la acusación de los fiscales dentro del Caso de financiamiento electoral ilícito de la UNE 2015 dio como resultado 12 órdenes de captura, 7 citaciones a primera declaración y 7 solicitudes de antejuicio. No existe el más mínimo indicio de que se trate de un asunto personal y menos un tema de género.

La segunda cuestión que demuestra la tiranía que desde ya ejerce Torres retorciendo la ley, se relaciona con sus acciones en contra 6 directivos de El Periódico. Inicialmente, y como corresponde, la jueza del juzgado de turno de primera instancia penal de delitos de femicidio, Neldy Vanessa Rodríguez, rechazó la denuncia de Torres contra El Periódico argumentando que se trataba de un asunto que corresponde a la Ley de Emisión del Pensamiento y que ella no tenía competencia para conocer asuntos de esa materia.

Sin embargo, de forma sorpresiva (o quizás no tan sorpresiva), la Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal y delitos de femicidio resolvió con lugar la apelación de Torres contra la decisión de la jueza Rodríguez y ahora se deberán dictar medidas de seguridad para que a los 6 directivos de El Periódico se les prohíba «realizar publicaciones en cualesquiera de los medios de comunicación en general, publicaciones en redes sociales» que puedan afectar a la candidata en su condición de mujer. Por supuesto, dada la amplitud de la restricción, se les veda prácticamente hablar de la señora Torres.

Lo anterior no es novedoso, pues desde agosto de 2018 la señora Torres había conseguido medidas de seguridad bajo el paraguas de la legislación contra la violencia contra la mujer en contra del presidente de El Periódico, José Rubén Zamora. Asimismo, en el año 2015 utilizó la misma estrategia legal para silenciar a Ricardo Cortez quien publicó un campo pagado que se tituló «Sandra Torres ordenó mi asesinato» que incluso llegó en apelación de amparo hasta la CC bajo el número de expediente 2204-2015.

Lo que está haciendo Sandra Torres es claramente una intimidación y está utilizando el maltrecho poder judicial para violar el derecho a la libre expresión que reconoce el artículo 35 de la Constitución y el artículo 13 del Pacto de San José. Uno de los casos más importantes en materia de libertad de expresión y derechos políticos en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos es el Caso Ricardo Canese Vs. Paraguay. En un fragmento de la sentencia, la CIDH afirma:

«Aquellas personas que influyen en cuestiones de interés público se han expuesto voluntariamente a un escrutinio público más exigente y, consecuentemente, en ese ámbito se ven sometidos a un mayor riesgo de sufrir críticas, ya que sus actividades salen del dominio de la esfera privada para insertarse en la esfera del debate público. En este sentido, en el marco del debate público, el margen de aceptación y tolerancia a las críticas por parte del propio Estado, de los funcionarios públicos, de los políticos e inclusive de los particulares que desarrollan actividades sometidas al escrutinio público debe ser mucho mayor que el de los particulares». (El resaltado es propio)

Torres, al valerse del artilugio de tergiversar la ley contra el femicidio para silenciar a sus críticos, deja entrever su intolerancia y evidente sesgo autoritario, algo que recuerda a la imagen de Sandra Torres durante la administración de Alvaro Colom (2008-2012).

No es poca cosa arremeter contra los fiscales que investigan su posible participación en un caso de financiamiento ilegal de campañas y menos aún silenciar a la prensa que ya de por sí vive un momento delicado en nuestro país. Lo más preocupante es el silencio de la mayoría de candidatos presidenciales al respecto. Esto en cualquier democracia funcional sería un auténtico escándalo.

Un comentario en “Sandra Torres: síntomas de autoritarismo crónico

  1. Retrcedamoss el tiempo y pongamos la lupa en la formacion que tuvo para ser candidata,
    1 se divorcicio y luego la proclaman candidata

    2 no busca cambiar el pais , si no hambre de poder.
    3 miremos Nicaragua , y se daran cuenta lo que le viene al Pais
    3 utilizar la ley de feminicidio par alejar una investigacion .
    ESTOY DECUERDO CON TU PUNTO DE VISTA, LA UNICA FORMA Que tenemos para frenarla es votando y no por ella ni nulo por que ella se beneficiara

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