La semana del 13 al 19 de mayo será recordada por su importancia en esta elección. La Corte de Constitucionalidad (CC) resolvió el destino de varios candidatos presidenciales y de algún candidato a diputado.

Ríos y Aldana

El lunes comenzó la CC por rechazar la candidatura de Zury Ríos al entender que tiene prohibición por la literal c del artículo 186 constitucional al ser pariente de un gobernante de facto (Efraín Ríos Montt). El miércoles dejó fuera de la contienda a Thelma Aldana, del Partido Semilla al interpretar que no tenía el mal llamado “finiquito” vigente y por ello no estaba habilitada para optar a la presidencia.

Al quedar fuera Ríos y Aldana, dejan un electorado huérfano importante pues ambas aparecían en el segundo y tercer lugar, en la mayoría de encuestas publicadas y al sumar la intención de voto de ambas prácticamente representaban la intención de voto de 1 de cada 4 electores.

Sandra Torres y el gallo-gallina de la CC

Pero la semana habría resultado incompleta de no ser por el amparo provisional que otorgó la CC en el caso Sandra Torres que favorece al MP y a la CICIG. Como el lector recordará, en febrero la CICIG y el MP presentaron un caso contra varios integrantes del Partido UNE en un caso que involucraban financiamiento electoral irregular de Q20 millones. El caso se explica por dos tipos de acusaciones:

  1. Acusaciones de financiamiento electoral no registrado, ya que existían varias sociedades anónimas que pagaron gastos de campaña con fondos de origen lícito, pero sin reportarlos a la autoridad electoral como manda la ley; y
  2. Acusaciones de financiamiento electoral ilícito porque parte de la campaña se pagó con fondos procedentes del pago de comisiones ilícitas por la agilización de expedientes de devolución de crédito fiscal ante la SAT.

Dentro del caso hubo 12 órdenes de captura, 7 personas citadas a primera declaración y 7 solicitudes de antejuicio. Una de esas solicitudes de antejuicio fue contra Sandra Torres, ya que la ley le otorgaba antejuicio por ser candidata presidencial. La acusaban de financiamiento electoral no registrado y asociación ilícita. Delitos cuyas penas son de 1 a 5 años y de 6 a 9 años de prisión respectivamente.

A la Corte Suprema de Justicia correspondía determinar si retiraba o no la inmunidad de Sandra Torres. Retirar el antejuicio tiene su proceso y vaya si no puede resultar lento. Pero inexplicablemente la Corte Suprema decidió rechazar el caso sin siquiera entrar a conocerlo.

Ahora bien. La CC lejos de despejar dudas, resolvió un gallo-gallina. En teoría, al otorgar el amparo provisional, la Corte Suprema debería conocer nuevamente el antejuicio para determinar si inicia el trámite del mismo y luego decidir la deja sin inmunidad y a disposición de la justicia penal. Sin embargo, la comunicación oficial que da la CC indica que “suspende” la resolución de la CSJ mas no envía el expediente a la CSJ para que dicte nueva resolución y prosiga. Quizás resulten incomprensibles para el lector esas palabras. En resumen: no afecta en nada el proceso de antejuicio contra Sandra Torres.

La importancia de resolver el caso

Ahora, si procedieran a ordenar a la CSJ dictar nueva resolución, esto tendría grandes implicaciones para el proceso electoral. Sí, es cierto, el antejuicio puede tomar un proceso muy largo. Pero dejo ante la comunidad de abogados la siguiente inquietud: ¿no fue el Tribunal Supremo Electoral en 2015 quien decidió no adjudicar las curules a Emilennee Mazariegos, Gudy Rivera, Mirza Arreaga y Baudilio Hichos por no ser honorables? El argumento para declararlos no honorables era el siguiente: tenían un proceso de antejuicio abierto.

En el momento que la Corte Suprema de Justicia admita para su trámite el antejuicio contra Sandra Torres, su idoneidad y honradez estarán en entredicho. En 2015 los casos antes mencionados llegaron hasta la CC y esta corte dijo que el criterio del TSE era el correcto.

¿No debería ocurrir lo mismo esta vez? Si aún queda una pizca de institucionalidad en este país, la Corte Suprema debería admitir para su trámite el antejuicio contra Torres y acto seguido el TSE debería anular su inscripción como candidata presidencial.

Un apéndice: el caso de Felipe Alejos

Menos ruido hizo la decisión de la CC de obligar a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) a reconsiderar su decisión de no retirar la inmunidad al diputado del Partido TODOS, Felipe Alejos. Alejos es uno de los operadores más importantes en el Congreso y ha sido el articulador de la alianza del legislativo que congrega a la bancada oficial, Alianza Ciudadana, MR, UCN, VIVA y su bancada, TODOS, que ha sido útil para aprobar legislación que favorece a la clase política más rancia. De ahí la importancia de la decisión de la CC.

Un comentario en “El tablero electoral: sin Thelma Aldana, Zury Ríos… y ¿sin Sandra Torres?

Deja una respuesta

Introduce tus datos o haz clic en un icono para iniciar sesión:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Imagen de Twitter

Estás comentando usando tu cuenta de Twitter. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s