Algunos datos y reflexiones sobre esta elección

Sobre las elecciones en general

Acabó un proceso accidentado y lleno de datos interesantes que hicieron de esta elección una muy particular. En primer lugar, estrenamos nuevas reglas electorales y por primera vez el acceso a los medios de comunicación no fue un factor clave. En segundo lugar, la descalificación de cinco candidatos presidenciales marcó profundamente el tono de la primera vuelta. Jamás había ocurrido tal cosa en nuestra historia democrática y peor aun si tenemos en cuenta que dos de las descalificadas (Zury Ríos y Thelma Aldana) sumaban la intención de voto de 1 de cada 4 electores en abril de acuerdo con las encuestas.

Por otra parte, se vio un distanciamiento mayor entre las estructuras locales y los candidatos presidenciales. Si en 2015 Jimmy Morales ganaba la elección con un partido que no ganó una sola alcaldía, en 2019 Alejandro Giammattei gana la presidencia y su partido obtiene apenas 29 alcaldías lo cual equivale al 8.5% de las alcaldías de todo el país.

La UNE fue el “LIDER” de esta elección. Hace 4 años el partido de Baldizón conquistaba 130 alcaldías, equivalentes al 39% de corporaciones municipales del país, pero en aquel entonces la UNE les ganó el boleto a segunda vuelta. Ahora, la UNE ganó 108 alcaldías, cerca de un tercio de las alcaldías del país, pero no fue capaz de ganar la elección presidencial. El vínculo alcalde-diputado distrital se mantiene, pero el vínculo entre líderes locales y candidatos presidenciales parece importar cada vez menos.

Los votos nulos y en blanco: el segundo lugar en primera vuelta

No deja de llamar la atención que es la primera vez en nuestra historia democrática que los votos en blanco y votos nulos como porcentaje de los votos válidos, suman el segundo lugar en la elección presidencial. En primera vuelta, Sandra Torres sumó el equivalente al 25.5% de los votos válidos y los votos nulos y en blanco sumaron el 15% en tanto que Alejandro Giammattei sumó el 14%.

Por supuesto que es discutible afirmar que todos los votos en blanco y, especialmente los votos nulos, muestran rechazo. Entre los votos nulos hay votos que se anulan por «error» del votante. En esta elección despertó curiosidad el hecho de que el voto nulo tendría el efecto de repetir las elecciones si obtenía más del 50% del total de votos válidamente emitidos.

Aunque para ser justos, los votantes no lo tenían muy claro. De acuerdo con la encuesta de Prensa Libre publicada en junio de este año, el 29% de los ciudadanos creía que los votos nulos no tenían valor y un 28% dijo no saber nada al respecto. Pero también es verdad que más del 74% pensaba que una boleta en blanco era equivalente a un voto nulo, aunque no es así. De modo que esos votos nulos y en blanco, algo nos dicen del malestar de los votantes.

La remontada más grande y la caída de la participación más grande en un balotaje

Otra lección que nos deja esta elección es el enorme antivoto de Sandra Torres. Las encuestas de Fundación Libertad y Desarrollo y Prensa Libre colocaban el antivoto de Torres entre un 34% y 54% respectivamente.

El balotaje demostró el rechazo: por primera vez desde la elección de 1990, el candidato que ocupó el segundo lugar en primera vuelta consiguió ganar la elección. Pero más impactante aún: fue el crecimiento más grande, en términos absolutos, de un candidato de una primera a una segunda vuelta. El voto a favor de Alejandro Giammattei creció un 211%. En cambio, los votos a favor de Sandra Torres únicamente crecieron un 23%, el tercer peor crecimiento en las nueve elecciones presidenciales de nuestra era democrática.

Se habló mucho del abstencionismo en la segunda vuelta y ciertamente fue la segunda tasa de abstencionismo más alta en las nueve elecciones presidenciales desde 1985. Sin embargo, más preocupante es aún el hecho de que fue la elección donde más cayó la participación entre la primera y la segunda vuelta: cayó un 19.5%. Hubo departamentos como Huehuetenango donde el abstencionismo alcanzó casi el 70% en segunda vuelta.

Un congreso atípico

Las elecciones legislativas también nos dejan algunos datos interesantes. Nos queda un congreso fragmentado con 19 bancadas, la fragmentación más alta de nuestra era democrática. También cayó la tasa de diputados reelectos.

Si no tomamos en cuenta las elecciones legislativas del año 1994, que ocurrieron post reforma constitucional y post serranazo que disolvieron anticipadamente el Congreso, esta es la segunda tasa más baja de diputados reelectos con un 31.65%. Se reeligieron únicamente 50 diputados de los 158 que había la legislatura pasada. La tasa más baja de reelección desde 1985 ocurrió en las elecciones de 1990 cuando únicamente se reeligieron 23 de los 100 diputados que conformaban la primera legislatura, lo cual equivale a un 23% de reelectos.

El partido oficial la tendrá difícil en el legislativo. Obtuvo 17 escaños, lo cual equivale al 11% del total de escaños en el Congreso, es la segunda «bancada oficial» más baja de la historia democrática y supera únicamente al FCN Nación en las elecciones pasadas cuando obtuvieron únicamente 11 escaños equivalentes al 7% de asientos totales. La gran diferencia es que el FCN Nación «salió de compras» y acabó con una bancada de 36 diputados, equivalente al 22.5% de diputados.

Ahora el transfuguismo no está permitido y aquellos diputados que renuncien a su bloque legislativo quedan como diputados de segunda categoría sin poder integrar Junta Directiva ni presidir comisiones de trabajo. Veremos cómo se las ingenia el partido de Alejandro Giammattei para navegar en ese contexto con estas reglas.

Las irresponsables voces que claman «fraude electoral»

«Fraude electoral» en sentido amplio puede tener tiene varios significados. El fraude el día de la elección se puede fraguar si el padrón electoral no es transparente, si los horarios de apertura de los centros de votación no se respetan, si no se permite a los votantes emitir su voto con libertad o si en el momento del conteo hacen amaños para alterar deliberadamente los resultados a favor de un candidato.

En estos días ciertos grupos han denunciado un «fraude electoral» en las elecciones del pasado 16 de junio. No queda clara cuál es la hipótesis de estos, pero aparentemente denuncian un fraude en el conteo de votos. Lo que motiva su molestia es la inconsistencia que mostraban los datos que ofrecía el Tribunal Supremo Electoral (TSE) en su sitio web y los que reportan algunas actas.

Lo que se dio a conocer es que errores humanos en la digitación de datos y errores en la programación del software que registra los votos son los responsables de tremenda confusión. En algunos casos los digitadores cometieron errores en la tabulación de datos y en el caso de las alcaldías y diputaciones, el error se debió a la programación debido a que había más de 20 partidos y el diseño original no preveía esa situación.

No cabe duda que los errores son garrafales y el TSE tiene una cuota enorme de responsabilidad en estos errores atribuibles a una mala planificación. Tampoco cabe duda que el TSE tuvo una deficiente comunicación para informar a la población acerca de los errores cometidos. Felizmente, eso sí, el TSE anunció que a partir del lunes, 24 de junio, empezará un proceso de revisión acta por acta para asegurarse que los datos sean los correctos.

El hecho de que sea posible realizar un cotejo de las actas es muestra de que no podemos hablar de un fraude electoral. De haber sido fraudulento no habría posibilidad de fiscalizar el proceso de digitación. Ir más atrás no tiene sentido. Lo que figura en las actas es lo que consignaron los 9,850 guatemaltecos que integraron las juntas receptoras de votos en cada mesa de cada centro electoral, para hacer fraude habría que contar con su complicidad, algo virtualmente imposible. Además, estas juntas estuvieron vigiladas por los fiscales de los partidos y por observadores internacionales. De hecho, la misión de la OEA para la observación de las elecciones se pronunció tajantemente al afirmar que no hubo fraude.

Con esto no digo que las cosas sean color de rosa en nuestro país. Nadie duda que nuestro sistema político adolece de múltiples fallos. De hecho, el índice de democracia de la revista The Economist nos califica como un régimen híbrido entre una democracia y un régimen autoritario. De hecho, Guatemala tiene la quinta peor calificación de la región y superamos únicamente a Haití, también considerado régimen híbrido, y a Nicaragua, Venezuela y Cuba, los tres considerados regímenes autoritarios.

Pero una de las pocas cosas de las que podemos estar orgullosos los guatemaltecos es precisamente de la transparencia del evento electoral y su conteo. Es profundamente lamentable que el partido de gobierno, con su rotundo fracaso al obtener el peor resultado de un partido oficial en la era democrática, hable de fraude electoral. Tampoco que el MLP, que dio la sorpresa en las urnas gracias al voto antisistema, pero que demostró no tener demasiada afinidad de sus bases al lograr apenas un diputado y no ganar una sola alcaldía, se cuelgue del discurso del fraude para intentar revertir el resultado.

No podemos tolerar que voces radicales griten fraude sin una sola evidencia sólida para demostrarlo.  Ojalá el TSE entienda la magnitud del problema, corrija la plana y aborde el tema con tino y una buena comunicación para evitar que las dudas alimenten a estas irresponsables voces.

Algunos apuntes en la recta final de las elecciones

Estamos a pocos días de las elecciones generales 2019 y la incertidumbre continúa siendo la variable clave. Hace apenas días se caía la quinta candidatura presidencial cuando el Tribunal Supremo Electoral (TSE) anunciaba que revocaba la inscripción de Edwin Escobar del partido Prosperidad Ciudadana. Se podría decir que hasta menos de 15 días antes del evento electoral tuvimos certeza (si no pasa nada los últimos días) de quiénes estarán en la boleta electoral por la presidencia. Una locura.

Sin duda habrá que esperar las últimas encuestas que se publicarán pocos días antes de la elección para saber con mayor claridad cómo está la carrera presidencial. De momento, de acuerdo con el último sondeo de CID-Gallup de finales de mayo, Sandra Torres encabeza la intención de voto con 21%; Alejandro Giammattei segundo con 12%, Roberto Arzú en tercer lugar con 9% y en cuarto lugar Edmond Mulet con 7%.

Sandra Torres mantiene su caudal, pero no crece demasiado. En el sondeo de CID-Gallup abril, aparecía igualmente con 21%. Recordemos que en 2015 logró 19.76% de votos en primera vuelta así que digamos que se mantiene en ese rango. Alejandro Giammattei tampoco creció demasiado pues en abril tenía 8% de intención de voto, aunque al hacer el simulacro de papeleta sin Zury Ríos y Thema Aldana ya aparecía en segundo lugar con 12%, los mismos que reflejan el sondeo de abril.

Mulet y Arzú también se estancaron en 7% y 9% respectivamente, pero ojo: si asumimos que votará el 65% del padrón, Giammattei recibiría 635,684 votos en tanto que Arzú 476,763 y Mulet 370,816. Es decir, que Arzú está a 158,921 votos de Giammattei y Mulet a 264,868. Tomaría algo extraordinario para que uno de estos dos candidatos suba al segundo lugar, pero no sería imposible.

El gran factor será el votante indeciso que suma el 24%, más que cualquier otro candidato. Claro está que ese voto indeciso se distribuirá entre varios candidatos, pero precisamente el alto nivel de indecisión hace difícil, por no decir imposible, hacer predicciones más o menos fiables en esta elección presidencial.

Lo que está más claro es el Congreso: de acuerdo con las proyecciones de Quique Godoy, la UNE podría meter entre 45 y 50 diputados, casi un tercio del Congreso, difícil para hacer mayoría, pero suficiente para marcar el ritmo y hacer alianza con bancadas que sirvan de bisagra. Lejos estarían TODOS y Vamos con 15 y 12 diputados respectivamente, Valor y FCN con 10, Podemos con 7 y CREO y Semilla con 6. Luego vendrían más bancadas pequeñas.

Es difícil hacer predicciones al Congreso por el efecto de la fórmula para distribuir escaños, pero la aproximación nos da una idea. Es posible que partidos como FCN tengan mejores resultados de los proyectados debido a que cuentan con estructuras fuertes de la vieja política. Recordemos que FCN “fichó” a muchos cuadros de LIDER Y PP como el propio Estuardo Galdámez, Delia Bac (sus dos hijos son candidatos), Armando Escribá y quien fuera el alfil de Manuel Baldizón en el Congreso, Roberto Villate.  Incluso “fichó” a algunos ex UNE como Domingo Trejo de Escuintla, Ferdy Elías de Quiché o Rudy Pereira de Alta Verapaz.

Las fuertes estructuras podrían ayudar también a Roberto Arzú. De los partidos de coalición que lo postulan, PAN y Podemos, podemos agregar un par de elementos para el análisis. El PAN tiene un reconocimiento de marca importante por su antigüedad y eso ayuda. Podemos tiene entre sus cuadros a gente de la vieja política con capacidad de movilización como Ronald Sierra en Alta Verapaz, Iván Arévalo de Totonicapán (ex FRG y PP) o Rubén Darío Crespo, hijo de Arístides Crespo, quien fuera del PAN de Arzú, del FRG de Portillo y luego del PP; ahora imputado por un caso de plazas fantasma.

El voto nulo ha generado más dudas que respuestas ante el silencio irresponsable del TSE que no ha explicado si el voto nulo computará para determinar si alguien obtiene mayoría absoluta en la elección presidencial o no. En la elección para el Congreso no tendría efecto alguno pues se tome o no en cuenta el voto en nulo, la asignación de escaños no debería variar. Espero que el TSE aclare lo que atañe al voto nulo en la elección presidencial lo más pronto posible.

De cualquier modo, considero que el voto nulo es un sinsentido porque necesita ganar la elección presidencial por la mitad más uno de votos totales: si asumimos que vota el 65% del padrón, el voto nulo debería sacar 2,648,683. Exacto, es imposible.

Las dos interpretaciones del voto nulo: los votos nulos son votos válidos

Las interpretaciones del voto nulo están generando mucho debate. Mi colega Mario Fuentes Destarac escribe una interesante columna en El Periódico donde expone que no hay claridad acerca de si los votos nulos serán tenidos en cuenta para determinar quién obtiene mayoría absoluta en la elección presidencial. Una nota de ElPeriódico de fecha 4 de junio (donde ratifico mi criterio) pone en evidencia la confusión que se ha generado en torno a la forma de computar el voto nulo y el TSE no abona a comprender mejor el problema.

Tanto en mi video como en mi columna explico que los votos nulos son votos válidos y por tanto deben tenerse en cuenta para determinar si un candidato alcanza la mayoría absoluta (mitad más uno).

Considero incorrecta la postura de que los votos en blanco y nulos son inválidos y harían, en el ejemplo de la tabla, que el Partido A gane en primera vuelta.

Forma de computar votos nulos. Mi interpretación es la que se consigna en la columna de «correcto.

¿Por qué? ¿Cuál es el fundamento legal?

Si vamos a la Ley Electoral y de Partidos Políticos, encontraremos que la definición de voto inválido, de acuerdo al último párrafo del artículo 237, es:

«Serán inválidos y carecerán de efectos jurídicos, los votos que no estén consignados en boletas legítimas, aquellos que pertenezcan a distrito electoral diferente o que no correspondan a la Junta Receptora de Votos de que se trate, así como aquellos votos que en cualquier forma revelen la identidad del votante». (el resaltado es propio)

¿Define dentro de la categoría de votos inválidos al voto nulo y al voto en blanco? No. Por eso no hay razón para que consideren sustraer los votos nulos y en blanco para el cómputo por considerarlos como votos inválidos. Por el contrario, voto nulo y voto en blanco son definidos de la siguiente forma por el mismo artículo:

«Será voto en blanco todo aquel que no represente ninguna marca o signo en la papeleta. Será nulo todo voto que no esté marcado claramente con una X, un círculo u otro signo adecuado, cuando el signo abarque más de una planilla, a menos que esté clara la intención de voto, o cuando la papeleta contenga modificaciones, expresiones, signos o figuras ajenas al proceso. El voto nulo tiene validez jurídica, a efecto de determinar la repetición de la elección.» (el resaltado es propio)

El gran problema es que antes de la reforma del decreto 26-2016, el artículo 237 decía otra cosa:

«Será nulo todo voto que no esté marcado, claramente, con una «X», un círculo u otro signo adecuado; cuando el signo abarque más de una planilla; cuando la papeleta contenga modificaciones, expresiones, signos o figuras ajenas al proceso. También serán nulos los votos que no estén consignados en boletas legítimas, aquellos que pertenezcan a distrito electoral diferente, o que no correspondan a la Junta Receptora de Votos de que se trate, así como aquellos votos que en cualquier forma, revelen la identidad el votante.»

Los votos nulos eran aquellos que hoy son nulos y aquellos que hoy se definen como inválidos. Eso ha cambiado con la reforma de 2016 y el TSE deberá tener en cuenta los votos nulos para calcular si algún candidato presidencial ha alcanzado la mayoría absoluta o no. La categoría de «votos válidamente emitidos» que es la utilizada para sostener el argumento de que los votos nulos no se computan para calcular la mayoría, carece de fundamento porque no tiene una definición operativa en la ley.

El TSE debe dar un pronunciamiento oficial pues de momento la única información que tenemos es la referente a declaraciones a prensa que ha hecho personal administrativo de esta entidad.

Miércoles decisivo: la CC resuelve futuro de Thelma Aldana y antejuicio de Sandra Torres

Este miércoles la Corte de Constitucionalidad (CC) resolverá los casos de Thelma Aldana y Sandra Torres. A continuación explico en qué consiste cada caso para referencia del lector.

Caso Thelma Aldana

Como sabrá el lector, el 17 de marzo, el Registro de Ciudadanos inicialmente había inscrito a Thelma Aldana como candidata presidencial por el Partido Semilla. El 1 de abril, el TSE resolvió unos recursos de nulidad presentados por otros partidos políticos y revocó la inscripción de Aldana.

La resolución entonces determinará si el TSE la inscribe como candidata presidencial o no.

¿Cuál es su problema?

La discusión es si tiene o no «finiquito». Como expliqué en diciembre, dos auditores gubernamentales de la Contraloría denunciaron a Thelma Aldana porque consideraron, tras una auditoría efectuada al MP, que existieron irregularidades en la contratación de un manual de buenas prácticas bajo la administración de Aldana.

Para efectos prácticos, la mera presentación de la denuncia deja sin efecto el «finiquito» de Aldana. Inicialmente, Aldana presentó un amparo en contra de lo actuado por la Contraloría y un juez le había otorgado un amparo provisional que suspendía la denuncia y le «devolvía el finiquito».

El problema fue que el 28 de marzo, días antes de que el TSE resolviera la nulidad contra Aldana, el juez suspendió el trámite del amparo y por tanto, según el TSE, se quedó si finiquito al perder la protección que le daba el amparo en cuestión.

¿Con finiquito o sin finiquito?

Esa es la gran disputa. La respuesta es de naturaleza técnica pero intentaré simplificar el problema. En el momento que el juez suspende el trámite del amparo de Aldana, ella presenta una apelación. Ella argumenta que mientras la apelación no sea resuelta, su amparo se mantiene y su finiquito también.

El TSE consideró en su resolución que Aldana se equivocó y contra la decisión del juez de suspender el trámite del amparo no cabía apelación sino un ocurso. Para efectos prácticos (y con el perdón de los colegas por el lenguaje tan coloquial) el ocurso es una suerte de «queja» y la apelación es un recurso que busca que un tribunal superior determine que una resolución ha violado los derechos de quien apela.

Mi opinión:

Como expliqué en otra oportunidad con más detalle, el TSE se equivoca y Aldana acertó al presentar su apelación y tiene la protección del amparo vigente y por tanto finiquito para obligar a su inscripción. Pienso que la CC debería fallar a su favor y es probable que así sea. Se dice que la decisión de la CC está muy dividida. Ya veremos.

Caso Sandra Torres

Este caso también implica cuestiones técnicas que intentaré simplificar para efectos didácticos (nuevamente con el perdón de mis colegas por el lenguaje tan coloquial). Pero para que se entienda bien:

La CC no decidirá si le retira el antejuicio o no; no decidirá tampoco si queda o no fuera de la contienda electoral. Decide un tema relacionado con el «proceso» de su antejuicio. Veamos.

Como es de conocimiento público, el MP y la CICIG presentaron un caso por delitos de financiamiento electoral ilegal del partido UNE ocurridos en 2015. Entre los acusados figuraba Sandra Torres a quien sindican de cometer los delitos de financiamiento electoral no registrado y asociación ilícita.

Debido a que Torres ya era candidata al momento de salir el caso, gozaba ya de derecho de antejuicio. De acuerdo con la ley, la Corte Suprema de Justicia es la que debe determinar si la dejan sin antejuicio y pueda ser sometida a un proceso penal. Sin embargo, de manera sorpresiva, la Corte Suprema rechazó «in limine» el antejuicio.

In limine quiere decir, en palabras coloquiales, que ni siquiera entró a conocer el expediente. Que ni siquiera inició el trámite para ver si retiraba o no el antejuicio. Al no tener otro recurso a su alcance, tanto la CICIG como el MP presentaron un amparo contra lo resuelto por la Corte Suprema.

¿Qué efectos tendría el amparo provisional si se otorga?

Lo que el amparo que conoce la CC busca es que la Corte Suprema entre a conocer el caso. Esto es importante: la CC no resolverá si Sandra Torres se queda sin antejuicio, simplemente decidirá si debe «conocer» el caso o no. Ni la deja sin inmunidad ni la deja sin candidatura.

De ser positiva la resolución de la CC, el expediente deberá volver a la Corte Suprema y ésta deberá nombrar a un juez pesquisidor que analice el expediente y que luego recomiende al pleno de la Corte Suprema si retira o no el antejuicio. Luego, la Corte Suprema debe decidir por mayoría si la deja o no sin antejuicio. Para efectos prácticos, esto puede tomar meses, incluso 6 meses.

¿Qué resuelve la CC esta vez?

Solo resuelve si otorga o no el amparo provisional. Aun no es el momento de dictar sentencia. Es altamente probable que la CC no otorgue el amparo provisional. Esto no quiere decir que Torres quede impune, seguramente en la sentencia definitiva, que vendrá semanas más tarde, se otorgue el amparo y siga el proceso para conocer su antejuicio en la Corte Suprema.

Guatemala: la narcopolítica y la cooptación del Estado

La captura de Mario Estrada, presidenciable del Partido UCN, por parte de las autoridades de los Estados Unidos, fue un verdadero escándalo. Su captura es consecuencia de una gran operación de agentes encubiertos del gobierno de EEUU.

De acuerdo con la acusación, Estrada contactó a dos agentes encubiertos de la DEA que fingieron pertenecer al Cartel de Sinaloa para pedirles US$12 millones y apoyo para asesinar a rivales políticos. A cambio él entregaría el control del Ministerio de Gobernación y del Ministerio de Defensa, puertos y aeropuertos para facilitar el tráfico de drogas a los Estados Unidos.

Es fácil pensar que se trata de un hecho aislado, pero la captura de Estrada únicamente sirve para llamar la atención del público a un fenómeno que se ha soslayado de cierta manera en nuestras discusiones de coyuntura: el narcotráfico y la cooptación del Estado.

De la captura a la cooptación

El concepto de captura del Estado hizo fortuna a partir de los trabajos de Joel Hellman y Daniel Kaufmann donde esencialmente se analizó cómo algunos agentes privados, especialmente del ámbito empresarial, conseguían influir en el proceso legislativo para percibir beneficios administrativos, regulatorios o fiscales. Esto fue especialmente el caso en países como Rusia y otros países de Europa del Este después de la caída de la cortina de hierro.

Pero Luis Jorge Garay y Eduardo Salcedo-Albarán en su libro Narcotráfico, corrupción y Estados hacen un esfuerzo por presentar el concepto de cooptación del Estado. De acuerdo con esta idea, cooptación del Estado es la situación en la cual existe una alineación entre agentes ilegales ajenos al Estado con agentes que operan dentro del Estado con el fin de influir y controlar desde dentro las instituciones estatales para conseguir beneficios a largo plazo.

Dicho de otro modo, es la infiltración de grupos criminales como el narcotráfico y el crimen organizado dentro de las entrañas del Estado. Existen actores de las actividades criminales dentro de los partidos políticos, ganan elecciones y ocupan otros puestos dentro del Estado con el objetivo de beneficiar a esos actores ilegales para facilitarles negocios con el Estado y para garantizar impunidad. Para ello es importante controlar ciertas alcaldías, tener cierto control dentro de las fuerzas de seguridad y, por supuesto, de las cortes.

La corrupción va más allá de los simples sobornos

Ese es el punto que debe preocuparnos y que de alguna forma subyace detrás de las acciones contra la corrupción que comenzaron a darse en 2015. Si pensamos que el problema de Guatemala es que simplemente hay un grupo de personas con pocos escrúpulos y que cobra sobornos para enriquecerse, no hemos visto el escenario completo.

El soborno es una faceta muy simple de la corrupción. Pero el problema se da cuando se complejiza la estructura de la corrupción y directamente se capturan las instituciones para que los agentes del crimen organizado puedan aprovechar y definir las reglas del juego y controlar a los “árbitros”.

Elecciones 2019: las mafias al acecho

Estas elecciones están marcadas por la presencia de actores del narcotráfico y el crimen organizado en los partidos. A la captura de Mario Estrada en EEUU se suma la captura de un diputado del partido VIVA. Varios partidos están afectados por la presencia de actores del crimen organizado y el problema se agudiza a nivel local. Hay decenas de narcoalcaldes que serán reelectos.

Por eso, por una parte, es clave es determinar qué partidos políticos están más infiltrados por estos actores ilegales para evidenciar ante los votantes cuáles son. Y, por otra parte, tomar en serio, desde ya, la elección de Cortes de Apelaciones y Corte Suprema de Justicia porque es allí donde canalizarán sus esfuerzos los grupos ilegales en busca de impunidad para sus agendas.

El narcotráfico puede ganar las elecciones y las cortes si nos descuidamos. Esa es la verdadera batalla.

¿Cómo funcionará el voto nulo en las elecciones 2019?

El voto nulo suena mucho en estas elecciones donde el descontento con la clase política es muy grande. Muchos dicen “votemos nulo y se repiten las elecciones con nuevos candidatos”; otros dicen “no votemos nulo, eso favorece al primer lugar porque el voto nulo no se cuenta y podría ganar en primera vuelta”. Muchas de estas afirmaciones son falsas o verdades a medias. Veamos cómo funcionará el voto nulo y cuáles serán sus consecuencias.

Primero, ¿qué es voto nulo? ¿es lo mismo que el voto en blanco?

El artículo 237 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos dice que voto nulo es aquel que no tenga marcado de forma certera una «X» a favor de un candidato determinado. Con lo cual, si usted marca la boleta con símbolos ilegibles, vota por más de una planilla o simplemente escribe insultos en la papeleta, el voto es nulo. Este detalle es importante porque se le da la misma validez al voto nulo «intencional» que al voto nulo por error que ocurre cuando una persona involuntariamente marca más de una casilla o no se distingue con claridad por qué candidato ha votado porque su marca se sale del área de una planilla.

Ahora bien, si usted no marca la boleta y la deposita en blanco, entonces se considera voto blanco, pero no nulo. ¿Cuál es la diferencia? Para efectos prácticos, los votos blancos, no tienen validez para determinar si se repite la elección. Son votos por ningún candidato y si por alguna razón el voto blanco alcanzara una mayoría, no tiene efecto alguno. En cambio, el voto nulo si alcanza la mayoría requerida por la ley, obliga a que se repita una elección.

A continuación, ejemplos de situaciones que constituyen voto nulo (como ejemplo la papeleta para elección de presidente y vicepresidente en el orden que estableció el TSE):

¿Si gana el voto nulo entonces habrá nueva elección con nuevos candidatos?

Sí y no. Para que gane el voto nulo, éste debe sacar más del 50% de votos válidamente emitidos. Si esto ocurre, se repite la elección, pero la ley no obliga a que se presenten otros candidatos distintos. ¿Qué sentido tiene entonces? Bueno, la reforma la hicieron los políticos, así que no debe extrañar. La versión original de la propuesta de ley era que los partidos debían presentar candidatos distintos si se repetía la elección, pero borraron esa pequeña frase antes de aprobarla.

Pongamos un ejemplo. Pensemos que en una comunidad donde asisten a votar 100 personas para elegir a su presidente y se obtienen los siguientes resultados:

Planilla Votos Porcentaje
Partido A 27 27%
Partido B 9 9%
Partido C 6 6%
Partido D 5 5%
Votos nulos 49 49%
Votos en blanco 4 4%
Votos válidamente emitidos 100  

Alguien podría pensar que en esta elección ganó el voto nulo. Y en cierto sentido obtuvo una mayoría relativa. Pero la ley exige que el voto nulo gane por mayoría absoluta de votos, es decir, por más de la mitad de votos válidamente emitidos (en este caso serían 51 votos). Así, en nuestro ejemplo, el Partido A pasaría a segunda vuelta junto con el Partido B. El Partido A no ganaría en primera vuelta porque para ganar la presidencia también es necesario tener mayoría absoluta (mitad más uno de votos válidamente emitidos).

En este punto hay confusión. Mucha gente piensa que, si el voto nulo no alcanza la mayoría necesaria para repetir la elección, los votos nulos y en blanco no deben tomarse en cuenta para determinar quién sacó más de la mitad de votos.

Así que, argumentan estas personas, habría que quitar esos 49 votos nulos y esos 4 en blanco y contar en función de los votos restantes que son, según ellos, los “válidos”. Si eso fuera así, el Partido A ganaría en primera vuelta porque obtuvo 27 votos de 47 “válidos” (los 100 menos los 49 nulos y 4 en blanco). Como la mitad de 47 es 23.5, al obtener 27 votos habría sacadp más de la «mitad de votos válidos». Pero eso es incorrecto

Esto porque la ley exige mayoría absoluta de los votos válidamente emitidos y el voto nulo es un voto válidamente emitido. Voto inválido, según la ley, es aquel que refleja identidad del votante o que se hizo en una boleta que no pertenece a ese distrito, por ejemplo. Esos votos inválidos no cuentan, pero el voto nulo sí.

Por lo tanto, el Partido A obtuvo el 27% de votos válidamente emitidos y el Partido B el 9% de los votos válidamente emitidos. Ambos pasan a una segunda vuelta porque son los más votados, pero ninguno pasó la mayoría absoluta. En segunda vuelta, ganará quien saque más votos.

Lo presento gráficamente para facilidad del lector:

Candidato Votos Incrorecto  Correcto
Partido A 27 57.4% 27%
Partido B 9 19.1% 9%
Partido C 6 12.8% 6%
Partido D 5 10.6% 5%
Votos nulos 49 Inválidos 49%
Votos en blanco 4 Inválidos 4%
Votos válidamente emitidos 100 47 100

REPITO: no es cierto que el voto nulo «favorezca» a candidato alguno porque el conteo debe hacerse sobre los votos válidamente emitidos totales.

Es decir: Votos válidamente emitidos = votos por cada planilla + votos en blanco + votos nulos. En la tabla anterior, nadie sacó más de 50% de votos válidamente emitidos.

El voto nulo puede «ganar» a distintos niveles

Por último, vale la pena mencionar que el voto nulo puede obligar a repetir una elección de alcaldes o diputados. Recuerde que el día que usted asista a votar le darán 5 papeletas: 1) presidente y vicepresidente; 2) diputados por lista nacional; 3) diputados distritales; 4) alcalde y corporación municipal y, 5) diputados al PARLACEN.

Puede ser que el voto nulo no gane en la elección presidencial. Imagínese: en 2015 asistieron a votar en primera vuelta 5.3 millones de guatemaltecos, para que ganara el voto nulo habrían sido necesarios más de 2.65 millones de votos nulos. Para estas elecciones se espera una asistencia similar, así que obtener esa cifra de votos nulos para anular la elección presidencial parece casi imposible.

Pero puede que en la elección de alguna alcaldía gane el voto nulo. Probablemente en distritos muy pequeños podría darse el caso en algún momento. En ese caso, las elecciones para elegir al alcalde de ese lugar, deben repetirse. La ley permite que si hay segunda vuelta presidencial (como ha ocurrido siempre desde 1985) la repetición de una elección se dé junto con la segunda vuelta presidencial.

¿Cómo funciona en otros países?

En general en muchos sistemas el voto nulo no tiene validez. En nuestro caso la coyuntura del 2015 generó una demanda ciudadana por el voto nulo, pero no es una solución a nuestros problemas actuales. Lo que tiene alguna validez suele ser el voto en blanco.

En España el voto en blanco se tiene como válido y esto es clave porque existen umbrales mínimos para asignar escaños al Congreso. Por ejemplo, para las elecciones nacionales los partidos que no obtengan 3% de votos totales no tienen derecho a optar por repartición de escaños. Si el voto en blanco es alto, se vuelve complicado llegar al 3% mínimo.

En Colombia el voto en blanco tuvo validez a partir de una sentencia del Tribunal Constitucional del año 2011. En aquel país, si el voto blanco gana por mayoría, se repite la elección por una sola vez y deben presentarse nuevos candidatos o nuevas planillas, según sea el caso. De hecho, en 2011, en Antioquia, el voto en blanco le «ganó» una elección local en la que se presentó un solo candidato. Tuvo que repetirse con candidatos nuevos y ganó naturalmente alguien más.

No hay muchos casos donde el voto nulo o el voto en blanco haya sido determinante en unas elecciones. En el caso colombiano solo tenemos como referencia el caso de Antioquia y en países como Ecuador, donde el voto en blanco tiene el mismo efecto de repetir elecciones, nunca ha pasado del 10%.

Apéndice: Artículos de la ley

Dejo los artículos de la Ley Electoral y de Partidos Políticos que refieren al voto nulo para uso del lector. El resaltado es propio.

ARTICULO 196. * De la convocatoria.

El proceso electoral para elecciones generales y diputados al Parlamento Centroamericano, dará inicio con la convocatoria, la cual será dictada por el Tribunal Supremo Electoral la segunda o tercera semana del mes de enero del año en el que se celebren dichas elecciones. El proceso electoral se dividirá en tres fases:

a) La primera, concerniente al proceso de postulación e inscripción de candidaturas a cargos de elección popular, que dará inicio un día después de la convocatoria y terminará un día antes del inicio de la segunda fase definida en la literal b) de este artículo; en este período es prohibida la realización de propaganda electoral.

b) La segunda fase será para la campaña electoral de todos los candidatos a cargos de elección popular, que dará inicio noventa días antes de la fecha en que se celebren las elecciones generales hasta treinta y seis horas antes de la elección convocada.

c) La tercera fase comprende la realización de las elecciones, cómputo y calificación de los votos emitidos. Las elecciones generales y diputados al Parlamento Centroamericano se efectuarán un domingo del mes de junio del mismo año.

Si el voto nulo obtuviere la mayoría requerida, se repetirá la elección en los casos que procediere, efectuándose un domingo del mes de octubre del mismo año.

Si no se diera la repetición de la elección presidencial pero sí, de las elecciones municipales de alcaldes y síndicos o de diputados, por listado nacional, por planilla distrital, o a diputados del Parlamento Centroamericano, las mismas se podrán realizar conjuntamente con la segunda elección presidencial.

En el decreto de convocatoria, el Tribunal Supremo Electoral fijará la fecha de cada fase del proceso electoral y de los eventos que en cada una correspondan, especialmente lo previsto en el artículo 215 de esta Ley.

El decreto de convocatoria para la elección de diputados a la Asamblea Nacional Constituyente y de consulta popular se dictará con una anticipación no menor de noventa días a la fecha de celebración.

ARTICULO 203 Bis. Efectos de la mayoría absoluta de votos nulos.

Si en los sistemas de votación, los votos nulos sumados en alguno de dicho sistema, fueren más de la mitad de los votos válidamente emitidos, el Tribunal Supremo Electoral acordará y declarará en única instancia la nulidad de las elecciones en donde corresponda y se repetirán éstas, por única vez, debiendo los partidos políticos y en su caso los comités cívicos electorales, postular candidatos a los cargos públicos correspondientes. Para el efecto se procederá en lo aplicable de acuerdo con el artículo 210 de esta Ley.

ARTICULO 237. * Del escrutinio.

Cerrada la votación, los miembros de la Junta Receptora de Votos procederán a la apertura de las urnas y al escrutinio de votos, comprobando que coinciden con el número de votantes, y en su caso, consignando en el acta cualquier diferencia; luego, se procederá a contar los votos emitidos a favor de cada planilla, los votos que se encuentren en blanco y los votos nulos.

Será voto en blanco todo aquel que no represente ninguna marca o signo en la papeleta. Será nulo todo voto que no esté marcado claramente con una X, un círculo u otro signo adecuado, cuando el signo abarque más de una planilla, a menos que esté clara la intención de voto, o cuando la papeleta contenga modificaciones, expresiones, signos o figuras ajenas al proceso. El voto nulo tiene validez jurídica, a efecto de determinar la repetición de la elección.

Serán inválidos y carecerán de efectos jurídicos, los votos que no estén consignados en boletas legítimas, aquellos que pertenezcan a distrito electoral diferente o que no correspondan a la Junta Receptora de Votos de que se trate, así como aquellos votos que en cualquier forma revelen la identidad del votante.

Artículo en The Economist: una invitación y una breve aclaración

El prestigioso semanario británico, The Economist, tuvo a bien hacer una nota sobre la candidatura de Thelma Aldana. El artículo se titula «Can Thelma Aldana, Guatemala’s corruption fighter, win the presidency?» (¿Puede Thelma Aldana, quien luchó contra la corrupción en Guatemala, ganar la presidencia?).

Tuve el gusto de conversar con el periodista que visitó nuestro país para elaborar la nota y en una parte del artículo comenta que « She “would be the first president that [Guatemala’s oligarchs] can’t control,” » («Sería la primera presidenta que [los oligarcas de Guatemala] no pueden controlar»). Solo anoto que seguramente en la traducción se pierden detalles y al redactar la nota el periodista colocó «oligarcas» cuando lo más preciso sería hablar de «grupos de interés» como recuerdo haber mencionado en la conversación.

El término oligarquía en este contexto es impreciso. Generalmente cuando se habla de oligarquía se le da una connotación de linaje y puede interpretarse como si un grupo de personas de ese linaje controlan el Estado. Por el contrario, de acuerdo con el informe de CICIG sobre financiamiento de partidos políticos, quedó demostrado que el 50% del financiamiento viene de la corrupción, 25% del crimen organizado y el 25% restante de grupos empresariales dentro de los cuales puede haber parte de lo que se entiende por «oligarquía» en un sentido muy particular.

Hecha esta pequeña salvedad que además sirve para alimentar un debate sano en torno al punto concreto, invito leer el artículo que publica The Economist que captura muy bien la coyuntura actual y nos sirve como referencia de la lectura que se tiene del país desde el extranjero.

La primera encuesta electoral: alcances y límites de las encuestas

El pasado 6 de marzo la Fundación Libertad y Desarrollo lanzó la primera encuesta electoral 2019 en el IV Encuentro Ciudadano. La encuesta fue realizada por la firma CID Gallup de una muestra de 1258 entrevistas de un universo de guatemaltecos mayores de 18 años y empadronados. Esto da un margen de error de un 2.8%.

Me gustaría aprovechar esta ocasión para hacer algunas aclaraciones generales en torno a las encuestas de opinión ya que muchas veces son objeto de reproches que obvian algunos aspectos fundamentales.

¿Una muestra de 1258 no es muy pequeña?

Naturalmente la estadística no es la asignatura favorita de muchos en el bachillerato y por eso tendemos a soslayar conceptos básicos. El tamaño de la muestra no es el factor más importante sino qué tan representativa es la muestra. Es decir, lo importante es que se haga un muestreo al azar para incluir a personas de distintas edades, niveles de ingreso, lugares de residencia, etc. La muestra se hace de tal forma que cualquier persona tendría la misma probabilidad de ser seleccionado para responder la encuesta.

Valga como ejemplo las encuestas electorales de los Estados Unidos donde de una población de más de 300 millones de habitantes las encuestas se hacen con una muestra de 1002 entrevistados. La encuesta que discutimos tiene más entrevistados en un país de aproximadamente 17 millones de personas. Por eso insisto en que la preocupación debe estar en lo representativa que sea la muestra más que en el tamaño de la misma.

La encuesta de Literary Digest de 1936:

De hecho uno de los episodios más estudiados es el fracaso de la encuesta de la revista Literary Digest en las elecciones presidenciales de EEUU de 1936. Fue la encuesta más cara que se recuerde y obtuvieron 2.4 millones de respuestas. Esta revista había acertado en las elecciones desde 1916 y tenía una gran reputación. Según esta gran encuesta, Landon (54%) derrotaría a Roosevelt (41%). Sin embargo, Roosevelt acabó ganando con el 61% de los votos en la elección. Literary Digest falló por casi 20 puntos, uno de los fracasos más grandes en la historia y una de las «muestras» más grandes de la historia. El tema es que de las 10 millones de tarjetas encuestadoras que enviaron, solo les respondieron 2.4 millones con lo cual la se descompuso la muestra original y eso dio pie al error. George Gallup (sí, de ahí la firma que lleva su apellido) condujo una encuesta con 5,559 entrevistados pero construyó una muestra con bases estadísticas más sólidas y predijo la victoria de Roosevelt en 1936. Desde entonces la firma Gallup goza de gran reputación.

¿No fallan frecuentemente las encuestas?

La gente reclama con frecuencia que las encuestas no aciertan. Se suele citar la victoria de Trump como un ejemplo de esto ya que en 2016 la mayoría de encuestas daban a Clinton como ganadora de la presidencia. El caso es que las encuestas daban 3 puntos de ventaja a Clinton en el voto popular y finalmente obtuvo 2 puntos de ventaja. Hasta ahí las encuestas acertaron.

Por el sistema de colegios electorales americano, Trump acabó ganando las elecciones pues en varios estados del llamado rust belt, la elección se tornó a favor de Trump por un estrecho margen. Por ejemplo, en Pennsylvania, Michigan y Wisconsin las encuestas daban a Clinton por ganadora y en las 6 elecciones anteriores estos Estados habían votado demócrata. Finalmente, Trump ganó esos Estados por un margen muy pero muy estrecho.

Por otra parte, los «indecisos» fueron cruciales. Una encuesta de Pew Research demostró meses después que la mayoría de votantes indecisos se decantó por Trump.

Por otra parte, se discute que la muestra de votantes pudo haber sobrerrepresentado a los estadounidenses que tienen títulos universitarios. Hay que recordar que la mayoría de votos para Trump venía de votantes con bajo nivel educativo y de zonas rurales o de ciudades pequeñas.

Otro caso frecuentemente citado es el de el proceso de paz en Colombia. La mayoría de encuestas daban por ganador al sí en el referendo convocado por el entonces presidente Juan Manuel Santos. Finalmente, el no triunfó con un cerradísimo 50.2% de votos. El caso colombiano ilustra uno de los problemas que tienen las encuestadoras en Guatemala también.

Resulta que para tener una muestra representativa se debe procurar que la composición de los encuestados corresponda a las características de la población en cuestión. La información marco que utilizan las encuestadoras es la que proveen los Institutos Nacionales de Estadística. De ahí es que sabremos cuál es la población total, qué rangos de edades, composición étnica, ruralidad y urbanidad, etc. En Colombia el último censo era de 2005 y en Guatemala el último censo publicado es el de 2002.

Por lo tanto, ciertas imprecisiones que pueda haber al momento de construir la muestra en nuestro país dependen más bien de la calidad de datos que nos proporciona el Estado que del trabajo de las firmas encuestadoras. Aun así, suelen tener otras estimaciones para intentar ajustar estas cifras. Esperemos que se publique próximamente el censo poblacional que se levantó el año pasado.

¿Confiamos o no en las encuestas?

Por supuesto que sí, si están bien hechas como la aludida al principio.  Lo importante es que comprendamos los límites de lo que nos pueden decir las encuestas. En este caso hay que agregar un ingrediente adicional: es una encuesta pre electoral ya que la campaña no ha comenzado formalmente. Lo que esta encuesta nos dice es que por nivel de conocimiento Sandra Torres está a la cabeza con 17.7%, Thelma Aldana en segundo lugar con 10.7% y Zury Ríos en tercer lugar con 7.9%.

También, no olvidemos, la encuesta nos dice que un poco más de un tercio de la población (34.4%) aún no sabe por quién votará. La encuesta nos da un claro diagnóstico de la posición en la que parten los candidatos y de los límites que tienen aquellos candidatos que gozan de un bajo porcentaje de reconocimiento público ya que a ellos les resultará difícil darse a conocer en 90 días de campaña y luego traducir ese conocimiento a un voto favorable efectivo. Ya veremos cómo se desenvuelve la campaña que arranca el próximo 18 de marzo. Las encuestas reproducen lo que la gente piensa en un momento determinado. Las cosas cambian y cambiarán en los próximos meses.