Guatemala en el índice de Estado de derecho

* Artículo publicado originalmente en La Hora el 25 de octubre de 2021.

El World Justice Project (WJP) publica anualmente el Índice de Estado de Derecho y en 2021 Guatemala apareció en el puesto 109 de 139 países medidos. Guatemala ocupó el puesto 101 en 2020, pero ese año únicamente se midieron 128 países.

Pero la calificación en términos absolutos de Guatemala cayó de 0.45 a 0.44 siendo 1 la nota máxima. Estado de derecho es un concepto que se utiliza con mucha liberalidad. Quizá la definición más satisfactoria sea la provista por Lord Bingham y se refiere a la situación en que “todas las personas y autoridades dentro de un Estado, ya sean públicos o privados, deben obedecer y tener derecho al beneficio de las leyes públicamente aprobadas, teniendo efecto (generalmente) hacia futuro y administradas públicamente por los tribunales”.

La idea de Estado de Derecho no se refiere a cumplir ciertos criterios formales. Como ya lo establecen los Criterios de Verificación del Estado de Derecho recogidos por la Comisión de Venecia, exige, además, que exista un régimen de legalidad que incluye la existencia de un proceso democrático transparente y responsable en la formación de las leyes. 

Parafraseando el documento antes mencionado, para que se verifique el Estado de Derecho es necesario que exista certeza jurídica, que esté limitada la arbitrariedad de los funcionarios públicos, que exista acceso a la justicia ante tribunales independientes e imparciales, que se respeten los derechos humanos y que exista igualdad ante la ley.

El índice de Estado de Derecho trata de recoger estos elementos y mide 8 factores: límites al poder gubernamental, ausencia de corrupción, gobierno abierto, respeto a derechos fundamentales, orden y seguridad, cumplimiento regulatorio, justicia civil y justicia penal.

En esa medición, los aspectos mejor evaluados en términos relativos son los referentes al gobierno abierto (puesto 67 de 139) y a los límites a los poderes del gobierno (74/139). Tampoco son resultados para destacar. Los aspectos donde Guatemala sale peor evaluada son ausencia de corrupción (114/139), justicia civil (134/139) y justicia penal (127/139).

La situación debería preocuparnos. En justicia civil estamos en los últimos cinco puestos y cerca de la República Democrática del Congo, Afganistán y Myanmar; en justicia penal estamos cerca en el ranquin de Mali y Mauritania y en ausencia de corrupción cerca de Costa de Marfil, Ucrania y Nicaragua.

De la definición de Estado de Derecho antes ofrecida y los criterios de verificación del Estado de derecho mencionados queda claro que el acceso una justicia imparcial e independiente son aspectos centrales. No es posible que prospere un país que no ofrece certeza jurídica, respeto a los derechos fundamentales como la propiedad privada y la vida.

El deficiente diseño constitucional para el nombramiento de jueces y magistrados y órganos de control generan un sistema en el que la justicia que carece de independencia. 

Asimismo, la corrupción es un obstáculo grande para el crecimiento económico, especialmente por el tipo de corrupción que predomina en nuestro país. Siguiendo las ideas de la profesora Yueng Yueng Ang, la corrupción predatoria, aquella en la que predominan prácticas extorsivas y la sustracción de recursos a gran nivel, donde se corrompe la justicia para salir indemne de estas prácticas, destruye el tejido social e institucional y trae pobreza y subdesarrollo. Aunque sobre esto habrá otra ocasión para ahondar.

¿Se busca corte independiente o corte dócil?

Cerramos el año 2018 con la noticia de que la Procuraduría General de la Nación (PGN) decidió presentar una denuncia penal contra tres magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC) por los delitos de prevaricato, resoluciones violatorias a la Constitución, violación a la Constitución y abuso de autoridad.

¿El motivo? Según parece, la PGN considera que las resoluciones de la CC relacionadas con las controversias entre el Ejecutivo y la CICIG son ilegales, como si fueran ellos los órganos de justicia para decidir si una resolución es legal o no lo es. Esto se suma a las palabras del presidente Morales que afirmó hace cuatro meses «Nuestra máxima ley me faculta a no obedecer órdenes ilegales», una insinuación bastante peligrosa.

Si la CC ha acertado o errado en sus resoluciones es materia para un rico debate entre abogados y estudiosos del derecho. Algunos colegas opinan que la CC ha resuelto contra lo dispuesto por la Constitución y otros piensan lo contrario. En cualquier democracia consolidada también existen personas con opiniones desfavorables respecto de las decisiones de las cortes.

Algunos afirman que el problema es que la CC se ha «politizado» y que la razón política ha primado sobre la razón jurídica para retorcer el brazo presidencial en sus constantes intentos por acabar con la Comisión a toda costa. Lo cierto es que las cortes pasadas han sido vulnerables a las pretensiones del poder político y no habían sido objeto de una crítica tan vehemente como en nuestros días.

Incluso en los países desarrollados las altas cortes están influidas por la razón política. Basta echar un vistazo a históricas resoluciones de la Suprema Corte de EEUU donde los asuntos se han zanjado por votaciones de 5 votos contra 4. La diferencia es que los mecanismos de designación de la Suprema Corte de EEUU alinean los incentivos de tal forma que llegan a conformarla los juristas más connotados del país.

Es verdad que nuestro sistema de justicia es increíblemente más vulnerable a las apetencias de los grupos de interés y del poder político que en los países desarrollados. Esto se debe a que nuestras cortes son designadas mediante procesos corporativistas que favorecen a los grupos antes aludidos.

Por eso cabe preguntarse, ¿qué ha hecho el gobierno de Jimmy Morales para cambiar este sistema de elegir a las altas cortes? La respuesta es clara: nada. En 2016 se planteó una reforma constitucional que pretendía (con sus aciertos y con sus errores) fortalecer el sistema de justicia. La consigna detrás de la reforma era precisamente despolitizar la designación de las altas cortes y para ello proponía cambiar ese caduco sistema de designación.  Es una pena que el presidente haya estado totalmente ausente en ese esfuerzo.

Eso lleva a preguntarnos, ¿pretende el Ejecutivo denunciar a estos 3 magistrados por su falta de independencia? O más bien, ¿pretende el Ejecutivo quitar de su camino a estos 3 magistrados porque son un obstáculo a sus pretensiones?

Invito al lector a reflexionar: ¿cuál sería el resultado final si los esfuerzos del Ejecutivo tienen éxito? ¿La designación de 3 nuevos magistrados «independientes» o la designación de magistrados dóciles? No están los tiempos para ser tan ingenuos. La respuesta es bastante obvia.

Si existe un problema de fondo es uno solo y lo reafirmo: los mecanismos para designar magistrados que prevé la Constitución. Entonces, pidamos al presidente y al Congreso que hagan un esfuerzo por retomar esa reforma al sistema de justicia para que en el futuro tengamos magistrados independientes y que los procesos no estén al alcance de la manipulación de grupos oscuros. Hagan la tarea que no hicieron en 2016. ¿No les parece la ruta de acción adecuada?